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GOBIERNO DE CANTABRIA
Orden CUL 7/2005, de 7 de enero, por la que se convoca el

Premio Internacional de Poesía «Gerardo Diego» en su edición de 2005

Deseando la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte promocionar una parte tan importante de la Literatura como es la Poesía, ha considerado pertinente dar a dicha promoción el nombre de uno de nuestros más insignes poetas contemporáneos. Para ello estableció en su día el oportuno acuerdo de fusión del premio con la entidad «Universidad Nacional Aulas de la Tercera Edad» (UNATE), antiguo titular de la denominación «Gerardo Diego» para el premio de Poesía. Por ello, y en uso de las atribuciones que me han sido legalmente conferidas,

DISPONGO:

Artículo 1º.- El objeto de la presente Orden es la convocatoria del premio de poesía «Gerardo Diego» para el año 2005.

Artículo 2º.- El premio estará dotado con la cuantía económica de 6.000 euros., que se financiará con cargo a la partida presupuestaria 08.3.455.A.482.

Artículo 3º.- El Concurso se ajustará en su desarrollo a las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Podrán participar en este concurso todos los autores, con independencia de su nacionalidad,excepto los ganadores de ediciones anteriores de este mismo premio.

SEGUNDA.- Las obras deberán presentarse en lengua castellana, originales e inéditas, y no deben haber sido premiadas con anterioridad en ningún otro concurso nacional o internacional.
El tema de las obras es libre y cada concursante podrá presentar una sola obra.

TERCERA.- Las obras se presentarán mecanografiadas, a doble espacio, por una sola cara, debidamente paginadas y en tamaño DIN-A4, por cuadriplicado. Su extensión no será inferior a 250 versos ni superior a 1000, y con el título o lema correspondiente, debiendo carecer la obra de cualquier detalle que pueda permitir identificar a su autor. Las mismas se presentarán sin firma, por el sistema de plica y mediante seudónimo.

CUARTA.- El plazo de presentación de las obras expirará el día 31 de Mayo del presente año a las 12 horas. Se dirigirán al excelentísimo señor consejero de Cultura, Turismo y Deporte, Pasaje de Peña, 2-1ª planta, 39008 Santander, haciendo constar en sobre cerrado el objeto del envío. La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte entregará recibo de las obras presentadas a aquellos concursantes que lo soliciten, pero no se compromete a sostener correspondencia alguna con ellos en ningún momento anterior al fallo, salvo la estrictamente necesaria para subsanar la documentación presentada.

QUINTA.- El jurado estará compuesto por los siguientes miembros: -El consejero de Cultura, Turismo y Deporte, que actuará como Presidente. Actuarán como Vocales cuatro personalidades de relevancia de la vida literaria, designados por el Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, un representante de la editorial que publique la obra ganadora, y el Director General de Cultura. Figurará como Secretario, con voz pero sin voto, un funcionario de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte. El fallo del jurado será inapelable y todo lo no previsto en las presentes bases quedará sometido a criterio del mismo. El plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses, a partir de la finalización del plazo de presentación de las obras.

SEXTA.- Del premio, que no podrá ser fraccionado, se deducirán las cargas tributarias correspondientes, y su importe tendrá el carácter de compensación por la renuncia a los derechos de autor de la primera edición a que se refiere la base octava. Podrá declararse desierto y el jurado podrá asimismo proponer las menciones que estime convenientes, aunque éstas no llevarán dotación económica.

SÉPTIMA.- La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte del Gobierno de Cantabria se compromete a editar la obra ganadora, en colaboración con una editorial comercial. La tirada de esta primera edición será establecida por el jurado, aunque será como mínimo de 1.000 ejemplares. Elautor no recibirá cantidad alguna en concepto de derechos de autor en esta primera edición.

OCTAVA.- No se devolverán los originales no premiados, los cuales serán destruidos debidamente.

NOVENA.- La participación en el concurso supone la aceptación de las presentes bases.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA: La presente Orden entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el BOC. Santander, 7 de enero de 2005.–

El Consejero deCultura, Turismo y Deporte,
Francisco Javier LópezMarcano.

http://boc.gobcantabria.es/boc/datos/MES%202005-01/OR%202005-01-19%20012/PDF/555-555.pdf

 





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