GOBIERNO
DE CANTABRIA
Orden CUL 7/2005, de 7 de enero, por la que se convoca el
Premio
Internacional de Poesía «Gerardo Diego» en
su edición de 2005
Deseando
la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte promocionar
una parte tan importante de la Literatura como es la Poesía,
ha considerado pertinente dar a dicha promoción el nombre
de uno de nuestros más insignes poetas contemporáneos.
Para ello estableció en su día el oportuno acuerdo
de fusión del premio con la entidad «Universidad
Nacional Aulas de la Tercera Edad» (UNATE), antiguo titular
de la denominación «Gerardo Diego» para el
premio de Poesía. Por ello, y en uso de las atribuciones
que me han sido legalmente conferidas,
DISPONGO:
Artículo 1º.- El objeto de la presente Orden es
la convocatoria del premio de poesía «Gerardo Diego»
para el año 2005.
Artículo
2º.- El premio estará dotado con la cuantía
económica de 6.000 euros., que se financiará con
cargo a la partida presupuestaria 08.3.455.A.482.
Artículo
3º.- El Concurso se ajustará en su desarrollo a
las siguientes:
BASES
PRIMERA.-
Podrán participar en este concurso todos los autores,
con independencia de su nacionalidad,excepto los ganadores de
ediciones anteriores de este mismo premio.
SEGUNDA.-
Las obras deberán presentarse en lengua castellana, originales
e inéditas, y no deben haber sido premiadas con anterioridad
en ningún otro concurso nacional o internacional.
El tema de las obras es libre y cada concursante podrá
presentar una sola obra.
TERCERA.-
Las obras se presentarán mecanografiadas, a doble espacio,
por una sola cara, debidamente paginadas y en tamaño
DIN-A4, por cuadriplicado. Su extensión no será
inferior a 250 versos ni superior a 1000, y con el título
o lema correspondiente, debiendo carecer la obra de cualquier
detalle que pueda permitir identificar a su autor. Las mismas
se presentarán sin firma, por el sistema de plica y mediante
seudónimo.
CUARTA.-
El plazo de presentación de las obras expirará
el día 31 de Mayo del presente año a las 12 horas.
Se dirigirán al excelentísimo señor consejero
de Cultura, Turismo y Deporte, Pasaje de Peña, 2-1ª
planta, 39008 Santander, haciendo constar en sobre cerrado el
objeto del envío. La Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte entregará recibo de las obras presentadas a
aquellos concursantes que lo soliciten, pero no se compromete
a sostener correspondencia alguna con ellos en ningún
momento anterior al fallo, salvo la estrictamente necesaria
para subsanar la documentación presentada.
QUINTA.-
El jurado estará compuesto por los siguientes miembros:
-El consejero de Cultura, Turismo y Deporte, que actuará
como Presidente. Actuarán como Vocales cuatro personalidades
de relevancia de la vida literaria, designados por el Consejero
de Cultura, Turismo y Deporte, un representante de la editorial
que publique la obra ganadora, y el Director General de Cultura.
Figurará como Secretario, con voz pero sin voto, un funcionario
de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte. El fallo
del jurado será inapelable y todo lo no previsto en las
presentes bases quedará sometido a criterio del mismo.
El plazo máximo de resolución del procedimiento
será de seis meses, a partir de la finalización
del plazo de presentación de las obras.
SEXTA.-
Del premio, que no podrá ser fraccionado, se deducirán
las cargas tributarias correspondientes, y su importe tendrá
el carácter de compensación por la renuncia a
los derechos de autor de la primera edición a que se
refiere la base octava. Podrá declararse desierto y el
jurado podrá asimismo proponer las menciones que estime
convenientes, aunque éstas no llevarán dotación
económica.
SÉPTIMA.-
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte del Gobierno
de Cantabria se compromete a editar la obra ganadora, en colaboración
con una editorial comercial. La tirada de esta primera edición
será establecida por el jurado, aunque será como
mínimo de 1.000 ejemplares. Elautor no recibirá
cantidad alguna en concepto de derechos de autor en esta primera
edición.
OCTAVA.-
No se devolverán los originales no premiados, los cuales
serán destruidos debidamente.
NOVENA.-
La participación en el concurso supone la aceptación
de las presentes bases.
DISPOSICIÓN
FINAL ÚNICA: La presente Orden entrará en vigor
al día siguiente a su publicación en el BOC. Santander,
7 de enero de 2005.
El
Consejero deCultura, Turismo y Deporte,
Francisco Javier LópezMarcano.
http://boc.gobcantabria.es/boc/datos/MES%202005-01/OR%202005-01-19%20012/PDF/555-555.pdf